Ley Ómnibus: el problema no es el tamaño sino el poder

El debate público sobre la llamada Ley Ómnibus que el gobierno de Javier Milei envió al Congreso en los últimos días de diciembre de 2023 está mal planteado desde el inicio. La mayoría de las críticas apuntan al volumen del proyecto: 664 artículos, una reforma que abarca desde la privatización de empresas públicas hasta la delegación de poderes de emergencia en el Ejecutivo, pasando por desregulaciones laborales, modificaciones al régimen electoral y mucho más. Los kirchneristas la rechazan por ideología evidentemente, los moderados la cuestionan por la velocidad. Algunos libertarios la aplauden.

Todos están discutiendo el árbol equivocado.

El problema de la Ley Ómnibus no es que tenga 664 artículos. El problema es lo que esos artículos hacen, concentran poder en el Ejecutivo.

La delegación legislativa

El corazón del proyecto no es la privatización de Aerolíneas Argentinas ni la reforma electoral. El corazón es el Título I: Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina, que solicita al Congreso delegar en el Poder Ejecutivo Nacional facultades legislativas por el término de dos años, renovables.

Esto no es ni liberalismo, esto es, en términos precisos, la construcción de un aparato de poder discrecional.

El problema del Estado no se resuelve dándole más poder a una fracción del mismo. La delegación legislativa en el Ejecutivo no reduce el Estado, lo concentra. Y un Estado concentrado es, por definición, un Estado más peligroso, más difícil de controlar y más propenso al abuso, independientemente de las buenas intenciones declaradas de quien lo encabece.

El problema no es quién ocupa el cargo sino la existencia misma de un cargo con poder ilimitado. Pedirle al Congreso que confíe en el Ejecutivo para reformar la economía es exactamente el tipo de razonamiento que alimenta la expansión estatal a largo plazo, sin importar el partido que lo impulse.

¿Desregulación real o cambio de regulador?

Algunos de los artículos de la ley son genuinamente positivos vistos en forma aislada, la apertura de determinados mercados, la eliminación de algunas restricciones cambiarias, la posibilidad de privatizar empresas deficitarias que consumen recursos del contribuyente. Nadie con sentido común puede oponerse en principio a que el Estado deje de administrar aerolíneas o medios de comunicación.

Pero el problema metodológico es grave. Cuando la desregulación viene empaquetada junto con la delegación de poderes extraordinarios, no hay garantía alguna de que lo que se desregule sea lo que el mercado necesita y no lo que le conviene políticamente al gobierno de turno. La discrecionalidad ejecutiva es la antítesis de la certeza jurídica que el cálculo económico requiere.

La estabilidad institucional y la previsibilidad legal son condiciones necesarias para la formación de capital y la coordinación inter-temporal del mercado. Un decreto-ley que puede modificarse mañana por otro decreto no es una reforma estructural, es un parche administrativo con fecha de vencimiento.

La pregunta correcta no es si «¿estás a favor de la desregulación?». La pregunta correcta es: ¿quién decide qué se desregula, cuándo y en qué dirección? Si la respuesta es «el Ejecutivo con poderes delegados», estamos ante un cambio de regulador, no ante una reducción del poder regulatorio.

El decreto 70/2023 ya mostró la lógica real

Antes incluso de que el Congreso debatiera la Ley Ómnibus, el gobierno de Milei emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 el 20 de diciembre, que modificó por sí solo más de 300 normas. La Constitución Nacional establece que los DNU son instrumentos para situaciones de excepcionalidad donde el proceso legislativo ordinario resulta imposible. Nadie en su sano juicio puede argumentar que en diciembre de 2023 el Congreso estaba imposibilitado de sesionar.

Lo que mostró el DNU 70 es la lógica subyacente, la reforma se hace por arriba, sin deliberación, con velocidad suficiente para que nadie pueda analizarla en tiempo real. La Ley Ómnibus sigue la misma lógica, pero con el tono formal de requerir aprobación parlamentaria.

La legitimidad de una norma no proviene del mecanismo por el cual se aprueba sino de su contenido. Una ley que viola derechos de propiedad no se vuelve legítima porque la vote una mayoría. Pero el argumento inverso también aplica: una reforma que concentra poder no se vuelve liberal porque la firme alguien que se autoproclame libertario.

El tamaño como coartada

Hay algo deliberado en la extensión del proyecto. 664 artículos garantizan que ningún legislador, ningún periodista y ningún ciudadano puede leer, analizar y debatir la totalidad del texto en el tiempo disponible. Esto no es un defecto accidental del proceso legislativo argentino, es una característica funcional de la política de Estado moderno.

El economista Bruno Leoni, en su obra Freedom and the Law, advirtió sobre la tendencia de las democracias modernas a legislar en volumen como mecanismo de oscuridad. Cuando la ley es extensa, técnica y veloz, el control ciudadano se vuelve imposible. El poder se ejerce en los pliegues del texto, no en sus declaraciones de principios.

La Ley Ómnibus declara en su artículo 1 que busca «sentar las bases para la reconstrucción de la economía argentina». Pero entre los artículos 2 y 664 hay medidas que no tienen nada que ver con la economía y mucho que ver con la acumulación de capacidad decisoria en el Ejecutivo.

La descentralización que no está

Si Milei fuera el liberal libertario que dice ser, la reforma estructural de Argentina no pasaría por darle más poder al gobierno central. Pasaría por lo contrario: transferir competencias y recursos a las provincias, eliminar organismos nacionales, reducir la estructura del Estado federal y devolver autonomía real a los individuos y comunidades.

La descentralización política no es un valor instrumental, es una condición necesaria para la extensión de la libertad. Más jurisdicciones compitiendo, más posibilidades de votar con los pies, más dificultades para que cualquier élite capture la totalidad del aparato coercitivo.

La Ley Ómnibus no descentraliza nada, reorganiza el poder desde el mismo centro, con el mismo aparato, hacia los mismos actores, con la diferencia de que ahora el responsable se llama Milei en lugar de Alberto.

El liberal de palco

El libertarismo no es una estética, no es la foto con la motosierra. No es citar a Mises en Twitter y al mismo tiempo pedirle al Congreso poderes extraordinarios por dos años.

El libertarismo es, en su forma más rigurosa, la defensa sistemática de los derechos individuales de propiedad frente a toda forma de coerción, incluida y especialmente la coerción estatal. Una reforma genuinamente liberal no necesita poderes de emergencia. Necesita coherencia institucional, eliminación de privilegios, apertura de mercados sin discrecionalidad y reducción verificable del aparato coercitivo.

La Ley Ómnibus no cumple ninguno de estos criterios en su conjunto. Algunos de sus artículos, aislados, apuntan en la dirección correcta. Pero el marco que los contiene los invalida, no podemos construir instituciones liberales sobre la base de poderes extraordinarios concentrados en el Ejecutivo.

Miguel Hernández

Miguel Hernández

Analista económico especializado en teoría monetaria, mercados financieros y política económica. Mi trabajo ha sido referenciado por medios como Revista Marca, Centro Urbano, Escenario Mundial, y Visión Liberal. Orador TEDx (2018). Estudiante de Marketing por la Universidad de Palermo, premio al Mejor Proyecto en Publicidad (2024). Actualmente desarrollo Atlas HQ (atlashq.us).

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